Con esta modalidad nueva en el servicio de salud se asiste al paciente, familia y/o persona a cargo del cuidado
En el marco de la sesión extraordinaria del día jueves 3 de marzo de 2022 de esta Cámara de Senadores de la Provincia de Santa Fe, el senador Eduardo Rosconi (PJ-Lealtad-Caseros), (foto gentileza Prensa Senado), por 3ª vez, ingresó formalmente al Cuerpo Legislativo el Proyecto de Ley (Expediente 45206 JLL) presentado el día 17 de febrero de 2022 por mesa de movimiento, por el cual, mediante 12 artículos, se crea en el ámbito del Ministerio de Salud el Servicio de Internación Domiciliaria, y se derivó a las comisiones de Salud Pública, de Economía, Agricultura, Comercio, Turismo y Transporte, de Presupuesto y Hacienda y de Asuntos Constitucionales y Legislación General, para su tratamiento a partir del 1º de mayo de 2022, fecha de inicio del 140º Período Ordinario de Sesiones.
Vale recordar que el senador justicialista Eduardo Rosconi (PJ-Lealtad-Caseros), en la última sesión ordinaria de prórroga del pasado día jueves 28 de noviembre de 2013 de esta Cámara de Senadores, como del mismo modo había acontecido en el año 2010 durante otro anterior mandato, en esa oportunidad en la sesión ordinaria de prórroga del día jueves 25 de noviembre de 2010, había obtenido el apoyo unánime de sus pares para el Proyecto de Ley (Expediente 24535 JL) (Expediente 28455 SEN) de su autoría, que Cámara de Diputados y Diputadas no trató en tiempo y forma y, por ende, caducó en su estado parlamentario, como igualmente ocurrió con el 2º intento legislativo.
Por tanto, por 3ª vez, se insiste en el Senado Santafesino con idéntica iniciativa por la cual “se crea, en el ámbito del Ministerio de Salud, el Servicio de Internación Domiciliaria” como una “respuesta concreta a las necesidades de atención de la salud de los ciudadanos y alternativa asistencial que piensa a la salud desde un punto de vista integral, ligada a valores como la convivencia familiar, entorno, afecto y responsabilidad participativa y conjunta”.
El Servicio de Internación Domiciliaria es una modalidad de atención de la salud mediante la cual se brinda asistencia al paciente, familia o persona a cargo del cuidado, en su domicilio. Se realiza a través de un equipo multiprofesional e interdisciplinario cuya misión es promover, prevenir, recuperar, rehabilitar y/o acompañar a los pacientes de acuerdo a su diagnóstico y evolución en los aspectos físico, psíquico, social y espiritual, manteniendo la calidad de vida, el respeto y la dignidad humana.
A este Servicio, considerado una alternativa asistencial que piensa a la salud desde un punto de vista integral, ligada a valores como la convivencia familiar, entorno, afecto y responsabilidad participativa y conjunta, se le ha atribuido la ventaja de que se realiza en un mejor lugar terapéutico, porque mantiene al paciente en su entorno familiar.
Se le proporciona al paciente una atención personalizada y más humanizada en su propio domicilio, evitando su institucionalización e interactuando con los establecimientos asistenciales con quienes se deberán mantener mecanismos adecuados de comunicación, acompañándolo de acuerdo a su diagnóstico y evolución.
De acuerdo a su dependencia administrativa y funcional, los Servicios de Internación Domiciliaria pueden ser: dependientes de un hospital, propios o contratados; dependientes de establecimientos de salud privados; dependientes de obras sociales o mutuales y servicios privados y, los que no sean propios de un hospital, deben contar con las inscripciones y habilitaciones que las diferentes jurisdicciones y organismos competentes requieran.
Se incorpora al Instituto Autárquico Provincial de Obra Social (IAPOS) el Servicio de Internación Domiciliaria como prestación médica alternativa para los afiliados al citado organismo que lo requieran y abonen como servicio complementario, posibilitando el acceso a mayor cantidad de prestaciones, beneficios, servicios y elementos médicos que no están contemplados en la cobertura básica, los cuales pueden ser solicitados por provisión o por reintegro.
Entre las pautas de admisión para la Internación Domiciliaria figuran que el paciente esté clínicamente estable, presente una patología cuyo tratamiento pueda realizarse en su domicilio, brinde su consentimiento por escrito para esta modalidad de atención, sea el propio paciente, familiar, tutor o persona que esté a cargo de su cuidado, y cuente con mecanismos adecuados de derivación a establecimientos asistenciales con internación.
“En conclusión, la atención domiciliaria se inscribe dentro de las nuevas modalidades de servicios de salud y, por lo tanto, requerirá de ajustes propios en su funcionamiento y un continuo control de calidad que garantice la atención de los pacientes de manera segura y libre de riesgo, razón por la cual se deja librado a la reglamentación las especificaciones técnicas requeridas para la efectiva implementación de este Servicio de Internación Domiciliaria” fundamentó el senador justicialista Eduardo Rosconi (PJ-Lealtad-Caseros) el Proyecto de Ley (Expediente 45206 JLL) presentado el día 17 de febrero de 2022 por mesa de movimiento de esta Cámara de Senadores y, en la sesión extraordinaria del día 3 de marzo de 2022, se derivó a cuatro (4) comisiones para su estudio, réplica de sendas iniciativas, también de su autoría, una del año 2013 (Expediente 24535 JL) y otra del año 2010 (Expediente 20987 JL), que caducaran en Diputados y Diputadas luego de lograr la media sanción respectiva en el Senado.
Publicado: 05/Marzo/2022
Fuente: Fernando Brosutti